Denuncia de tortura bajo detención incomunicada
La acreditación de lesiones da lugar a una fuerte presunción de hecho en favor del testimonio del detenido
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de prisión e inhabilitación absoluta para el ejercicio de su profesión a un agente de policía nacional como autor de un delito de tortura y otro leve de lesiones.
La víctima ha sido un hombre de origen magrebí que se encontraba detenido en los calabozos de una comisaria por atentado contra la autoridad. El autor, uno de los agentes encargados de su custodia, además de proferirle insultos y menosprecios en términos racistas, agredió en repetidas ocasiones al detenido.
Un primer parte de lesiones certificó que el detenido presentaba una sola contusión; y seis horas más tarde, un nuevo parte médico indicaba que sufría múltiples lesiones.
En estos casos tiene especial relevancia el testimonio de la propia víctima, cuando precisa con coherencia todas las circunstancias y se dispone de otros elementos que corroboran este testimonio, como unos informes médicos, compatibles con el relato de la víctima.
En esta ocasión, además, la víctima supo reconocer al agresor y se cuenta con algunas imágenes captadas por videocámaras instaladas en la zona de los calabozos, que acreditan que el agente entró hasta en cuatro ocasiones en la celda que ocupaba el detenido, tal y como manifiesta. Es elocuente la imagen de un agente compañero del condenado al que se observa echándose las manos a la cabeza.
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